Fecha presentación solicitudes: Desde el 3 de agosto de 2019 hasta el 30 de junio de 2021. No obstante, si se produce un agotamiento del presupuesto disponible antes del cierre del programa, las solicitudes que se presenten hasta la fecha límite de 30 de junio de 2021 podrán seguir registrándose en lista de reserva provisional
Plazo de justificación: El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será de 24 meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda. La justificación, deberá realizarse en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo máximo concedido para la ejecución de las actuaciones.
* A continuación se describen brevemente las características principales de este programa de ayudas, si bien la información que se considerará como oficial a todos los efectos será la publicada en la Resolución de 26 de julio de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019. (DOGV nº 8605 de 02/08/2019) y en las Resoluciones de 29 de abril 2020 (DOGV nº 8804 de 05/05/2020) y de 28 de diciembre de 2020 (DOGV nº 8986 de 30/12/2020) de modificación de la convocatoria.
Objetivo
El objetivo de esta medida es la concesión de ayudas en materia de ahorro y eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, incluida la implantación de sistemas de gestión energética, en la Comunitat Valenciana, fomentando así la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro y la eficiencia energética y el respeto al medio ambiente.
Empresas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los establecidos en la convocatoria de ayudas (del 07 al 11, del 13 al 33 y del 35 al 39). El proyecto objeto de subvención deberá realizarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.